CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD
EN PANAMÁ

 

Características corporativas clave

General
Tipo de entidad:
No residente
Tipo de derecho:
Derecho romano-germánico
Disponibilidad de sociedad inactiva:
Tiempo para establecer una nueva sociedad:
2 días
Tarifas gubernamentales mínimas (excluyendo impuestos):
300 dólares estadounidenses
Impuesto de sociedades:
Ninguno
Acceso a tratados para evitar la doble imposición:
No
Capital accionario o equivalente
Moneda estándar:
Dólar estadounidense
Monedas permitidas:
Cualquiera
Mínimo pagado:
1 dólar estadounidense
Autorizado convencional:
10 000 dólares estadounidenses
Directores
Número mínimo:
Tres
Local:
No
Registros a disposición pública:
Lugar de reuniones:
Cualquiera
Accionistas
Número mínimo:
Uno
Registros a disposición pública:
Opcional
Lugar de reuniones:
Cualquiera
Secretario de la sociedad
Necesario:
Local o cualificado:
No
Cuentas
Requisito de preparación:
Requisito de auditorías:
No
Requisito de presentar cuentas:
No
Cuentas a disposición pública:
No
Otros
Requisito de presentar la declaración anual:
No
Cambio de domicilio permitido:


Información general

La República de Panamá tiene una extensión de terreno de aproximadamente 76 900 kilómetros cuadrados, está situada entre Costa Rica y Colombia y constituye la porción más estrecha e inferior del istmo que une Norteamérica con Sudamérica. Es muy conocida por el canal de Panamá, que une el mar Caribe con el Pacífico Norte y conecta Centroamérica con Sudamérica.

Población
La población de Panamá es de aproximadamente unos 3,3 millones de habitantes, de los cuales el 52% vive en Ciudad de Panamá, y consta de mestizos (70%) y una mezcla de antillanos, caucásicos e indígenas. La religión predominante es el catolicismo romano.

Estructura política
Panamá fue colonia española hasta 1821. En 1903, Panamá puso fin a su alianza con Colombia y se convirtió en una república independiente.

El Gobierno está dividido en tres poderes:
El Poder Ejecutivo del Gobierno se compone en la actualidad de un presidente y dos vicepresidentes, elegidos mediante votación por mayoría, por un periodo de cinco años. Los ministros del Estado son designados por el Presidente, que debe contar con la aprobación de la Asamblea Legislativa.

La Asamblea Legislativa está compuesta por legisladores elegidos de los distritos electorales por un periodo de cinco años.
El Poder Judicial del Gobierno consta del Tribunal Supremo de Justicia, cinco Tribunales Superiores y tres Tribunales de Apelación. El Tribunal Supremo de Justicia está presidido por nueve jueces designados por un periodo de diez años.
Un tribunal electoral autónomo supervisa el registro de los votantes y deben votar todos los ciudadanos que hayan cumplido 18 años.

Infraestructura y economía
La Zona Libre de Colón está situada en el lado caribeño del istmo de Panamá, cerca de la entrada atlántica del canal de Panamá. Esta zona de libre comercio es la segunda mayor del mundo después de Hong Kong. Las operaciones y las transacciones que se realizan en la zona de libre comercio están sometidas a un tratamiento impositivo especial a través del cual, las importaciones de otras partes del mundo y las reexportaciones a otros países están exentas de cualquier tipo de impuesto sobre la importación o exportación exigido por Panamá. Los ingresos obtenidos de las reexportaciones se gravan a tipos especialmente reducidos.

Panamá cuenta con el mayor registro de embarcaciones del mundo y un centro bancario bien establecido. El crecimiento económico se reforzará con la ampliación del canal de Panamá, que empezó en 2007 y se espera que finalice entre 2014 y 2015, con un coste de 5300 millones de dólares estadounidenses. El proyecto aumentará en más del doble la capacidad actual del canal, de modo que podrá albergar a los modernos superbuques que cada vez son más anchos y tienen dificultades para atravesar este cruce entre océanos. Sin la ampliación, se predijo que el canal de Panamá se vería forzado a rechazar aproximadamente el 37 por ciento de los buques de carga del mundo en 2011. Otras áreas de la actividad económica son la agricultura, la manufactura, la construcción, el transporte, el turismo y los servicios financieros.

Idioma
El español es el idioma oficial y hablado. También se habla inglés en zonas urbanas y se utiliza a diario en el intercambio y comercio internacional.

Moneda
Dólar estadounidense.

Control de divisas
Ninguno.

Tipo de derecho
Se basa en el derecho romano-germánico español y tiene mucha influencia del derecho común, sobre todo en lo que se refiere al Derecho de sociedades.

Derecho de sociedades principal
Ley de corporaciones n.º 32 del Código Comercial de 1927, Decreto Ley 5 de 1997 y Decreto Ejecutivo 296 de 1997.

Información de la sociedad
Tipo de sociedad para el comercio y la inversión internacionales

Por lo general, las corporaciones se constituyen según la Ley escrita de corporaciones 32 del Código Comercial de 1927. También se utilizan las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades colectivas limitadas.

Procedimiento de constitución
Mediante la presentación del Acta constitutiva de la corporación propuesta, firmada ante notario, que da lugar a una escritura pública para la inscripción en el Registro Público.

Restricciones a las actividades comerciales
No se pueden llevar a cabo negocios de banca, fideicomisariado y administración fiduciaria, seguros, reaseguros, gestión de fondos, fondo de inversiones, planes de inversión colectiva o cualquier otra actividad que pueda sugerir asociación con los sectores de la banca, las finanzas, fiduiciario o los seguros.

Idioma de la legislación y documentos de la sociedad
Español y traducciones certificadas en inglés.

Domicilio social necesario
Sí, debe mantenerse en Panamá en el domicilio del agente registrado.

Requiere aprobación de nombre
Sí.

Sociedades inactivas disponibles
Sí.

Tiempo de constitución
Dos días, sujetas a aprobación del nombre.

Restricciones del nombre
Que el nombre sea similar o idéntico al de una sociedad existente. Que se trate de nombres conocidos de sociedades constituidas en otro lugar o un nombre que implique patrocinio gubernamental.

Idioma del nombre
El nombre de la sociedad se puede expresar en cualquier idioma que utilice el alfabeto latino. El Secretario del Registro puede exigir una traducción al español o al inglés.

Nombres que necesitan consentimiento o licencia
Banco, sociedad de crédito hipotecario, ahorros, préstamos, seguros, reaseguros, gestión de fondos, fondos de inversión, fideicomiso o sus equivalentes en cualquier idioma extranjero.

Sufijos que denotan responsabilidad limitada
Todas las sociedades panameñas pueden acabar con el sufijo Corporation, Incorporated, Sociedad Anónima o las abreviaturas Corp., Inc. o S.A. No deben utilizar el sufijo Limited o Ltd.

Declaración de propiedad efectiva a las autoridades
No es necesaria.

Conformidad
Capital accionario emitido y autorizado

El capital accionario autorizado estándar es de 10 000 dólares estadounidenses divididos en 100 acciones comunes con derecho a voto de 100 dólares estadounidenses cada una o 500 acciones comunes con derecho a voto sin valor nominal; el capital se puede expresar en cualquier moneda convertible. El capital emitido mínimo es de una acción sin valor nominal o de una acción con valor nominal.

Tipos de acciones permitidas
Acciones sin derecho a voto, acciones preferentes y acciones registradas. Se pueden emitir acciones al portador, pero tanto las acciones sin valor nominal como las acciones al portador se deben pagar íntegramente en el momento de emisión. El agente registrado debe mantener bajo custodia el certificado de las acciones al portador y debe notificar al Secretario del Registro que las acciones se han emitido.

Impuestos
No se aplican impuestos de sociedades sobre los ingresos de origen no panameño.

Acuerdos para evitar la doble imposición
Ninguno.

Tarifas de licencia
Se paga una tasa única anual de 300 dólares estadounidenses del impuesto sobre franquicias.

Informe financiero necesario
Aunque no haya requisito de presentar las cuentas auditadas a las autoridades, una sociedad ha de mantener registros financieros, que reflejen su posición financiera.

Directores
Tanto las corporaciones como las personas naturales pueden ejercer como directores, cuyo número mínimo es tres. Pueden ser de cualquier nacionalidad y no es necesario que residan en Panamá. Asimismo, las sociedades panameñas deben nombrar un mínimo de tres directivos (presidente, secretario y tesorero) que también pueden ser directores.

Secretario de la sociedad
Se debe nombrar a un secretario de la sociedad, que puede una persona natural o jurídica. El secretario de la sociedad puede ser de cualquier nacionalidad y no es necesario que resida en Panamá.

Accionistas
El número mínimo de accionistas es uno.



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